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Reseña Histórica

1.    NOMBRE DE LA DIRECCIÓN : DIRECCIÓN DE ASUNTOS CIVILES (DIRAC).

2.    FECHA DE CREACIÓN.

La Dirección de Asuntos Civiles fue creada con fecha: 01 de marzo de 2001.

3.    DISPOSITIVO LEGAL DE CREACIÓN:

Desde su creación la DIRAC ha pasado por diferentes etapas en cuanto a su denominación, sustentadas con los siguientes dispositivos legales:
  1. La Dirección de Asuntos Civiles (DIRAC) fue creada el 01 de marzo de 2001, con el Decreto Supremo No 008 DE/EP, como órgano de asesoramiento dentro de la estructura orgánica del Ejército.
  2. Con el Decreto Supremo Nº 026 DE/EP de 18 de diciembre de 2002, se realizaron las modificaciones siguientes:
Artículo 1º
Desactivar con fecha 31 de diciembre de 2002, a la Dirección de Asuntos Civiles (DIRAC)

Artículo 2º
Crear con fecha 01 de enero de 2003, la Dirección de Asuntos Civiles del Ejército (DIRACE).
  1. Con el Decreto Supremo Nº 015 – 2006 DE/EP de 19 de junio de 2006, se modifico el nombre según:
“Articulo 1º ; modifíquese el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 026 DE/EP de 18 de diciembre del 2002 en lo que respecta al nombre de la dependencia de los órganos y medios de apoyo del Ejército, de acuerdo al siguiente detalle:

Dirección de Asuntos Civiles del Ejército (DIRACE) por la Dirección de Asuntos Civiles (DIRAC).


6.    RESEÑA HISTORICA DE LA DIRECCIÓN

  1. En todas épocas el Ejército ha brindado su apoyo al desarrollo socio económico del país en diferentes formas.
  2. Inicia su participación con la construcción del “Camino al Marañón” (1917), mediante el empleo de una compañía de Ingeniería al mando del CAP. T. Terry, siendo esta acción pionera de la ingeniería Militar en trabajos de vías y comunicaciones construyendo 70 Kms, dentro de lo que se denomino “Plan Vial Nacional”, posteriormente fue abandonada por limitaciones presupuestarias.
  3. Desde fines 1947 el Ejército participa interrumpidamente en el “Plan Vial Nacional”, en coordinación con el Ministerio de Fomento y Obras Públicas, mediante el empleo de Unidades de Ingeniería en las dos Vías de penetración mas importantes del país; en el Norte, Olmos- Rió Marañón y en el Centro, Huanuco – Tingo Maria – Pucallpa.
  4. LA JEFATURA DE INGENIERÍA DE CONSTRUCCIONES Y DESARROLLO NACIONAL (JINGCODEN)
Es así que en el año 1974, con el Decreto Supremo N° 001-74-GUIDIRO¬DIN, se crea la Jefatura de Ingeniería de Construcciones y Desarrollo Nacional (JINGCONDE) en base a diversos elementos existentes y cuyas funciones tenían directa relación, con los aspectos de construcciones militares y de participación del Ejército en el programa de carreteras y de colonización. En mayo del mismo año, el Comando del Ejército, emitió la Directiva N° 157 c.l/a., según la cual, se asignaba a la JINGCODEN, la responsabilidad de «dirigir y supervisar los pro¬yectos de construcción del Ejército, de gran magnitud y urgencia, así como su equipamiento; y además, planear, supervisar y ejecutar proyectos de desarrollo nacional, tales como: carreteras, colonización y centros de entrenamiento voca¬cional»; mientras que al Servicio de Ingeniería del Ejército, se le precisaba su responsabilidad, en la dirección y supervisión de aquellas construcciones y re¬paraciones de los proyectos no asignados a la JINGCODEN, además de sus responsabilidades normales de abastecimiento y mantenimiento de todos los artículos de Ingeniería, tanto para la vida en guarnición, cuanto en campaña.
  1. LA OFICINA DE DESARROLLO NACIONAL (ODENA)
El 02 de enero de 1981 por DL Nº 23066 (Ley Orgánica del Sector Guerra), en base de la Jefatura de Ingeniería de construcciones y Desarrollo Nacional (JINGCODEN), se creo la Oficina de Desarrollo Nacional (ODENA) como «órgano de asesoramiento del comando del ejército y con la responsabilidad fundamental, de dirigir los programas de construcción y mantenimiento de la red vial nacional, en colaboración con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y los de asentamiento rural, particularmente en la selva».
  1. En el año 2000, el Ministerio de Defensa dispuso se active las Oficinas Institucionales de Defensa Civil en los Institutos Armados; por conveniencia y disponibilidad de medios en el Ejército esta oficina fue activada en la ODENA.
  2. El Ministerio de Defensa a través del CCFFAA formuló la Directiva No 01 COFI-DOP/PLN Ene 92, para el planeamiento de la pacificación en el campo militar.
El Comando Operativo del Frente Interno (COFI) del CCFFAAa través del sistema de Asuntos Civiles de las FFAA ( SIASCIFFAA) dispuso que los institutos de las FFAA y elementos de maniobra deben constituir Direcciones, Oficinas o Departamentos de Asuntos Civiles.
  1. DIRECCIÓN DE ASUNTOS CIVILES (DIRAC)
Con fecha 01 de enero de 1994 el Comando del Ejército dispuso la creación de la Sub Dirección de Asuntos Civiles, como órgano de línea de la Dirección de Logística (DILOG), con la misión de asesorar al Director de Logística en todas las actividades que relacionen a las fuerzas Militares, autoridades y población civil en general.
  1. Teniendo como base la Sub Dirección de Asuntos Civiles de la DILOG, el 01 de marzo de 2001, con Decreto Supremo  Nº 008 DE/EP se crea la Dirección de Asuntos Civiles como órgano de asesoramiento dentro de estructura orgánica del Ejército.
  2. El CGE aprueba la Hoja de Recomendación No 06 H –1.c/06.00 de Nov 2002, sobre la creación  de la  Dirección de Asuntos Civiles del Ejército (DIRACE) en base a las desactivaciones de la Dirección de Asuntos Civiles (DIRAC) y la Oficina de Desarrollo Nacional (ODENA). Con el Decreto Supremo Nº 026 DE/EP de 18 diciembre de 2002 dispone la nueva estructura orgánica del Ejército según:
(1)    Artículo 1º Desactivar con fecha 31 de diciembre de 2002 las dependencias de los órganos y medios de apoyo del Ejército :

Dirección de Asuntos Civiles (DIRAC).

(2)    Artículo 2º Crear con fecha 01 de enero de 2003, las dependencias siguientes :

Dirección de Asuntos Civiles del Ejército (DIRACE).


  1. Con el Decreto Supremo Nº 015 – 2006 DE/EP  de 19 de junio de 2006, dispuso:
“Artículo 1.- Modifíquese el Artículo 2 del Decreto Supremo Nº 026 DE/EP del 18 de diciembre de 2002 en lo que respecta al nombre de las dependencias de los órganos y medios de apoyo del  Ejército, de acuerdo al siguiente detalle:
Dirección de Asuntos Civiles (DIRACE) por el de Dirección de Asuntos Civiles (DIRAC).
  1. Es así que inicialmente la Dirección de Asuntos Civiles ha estado orientado principalmente a la realización del programa de desarrollo vial, construcción, rehabilitación, mantenimiento y asfaltado de vías de comunicación y de asentamientos rurales.
  2. Actualmente, dentro del Plan Estratégico Institucional “Plan Bolognesi”, la DIRAC tiene la responsabilidad de desarrollar el Objetivo No 08: “Integrar plenamente al Ejército en la sociedad peruana dentro del marco constitucional, del respeto a los derechos humanos y de los interiores del país”.