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Derechos del Personal
Derechos del personal
  1. Son considerados derechos del personal, los diferentes goces otorgados y nombrados por las leyes, disposiciones del Gobierno Central y del Comando, teniendo en cuenta que dicho personal se encuentra expuesto, por la naturaleza misma del servicio, a una serie de exigencias que no solo comprometen al titular sino que afecta a sus familiares directos o dependientes.
  1. Los derechos, de acuerdo a la situación y grado del titular, generan beneficios sus familiares directos y dependientes.
  1. Los derechos en algunos casos son comunes para el personal de Oficiales, Cadetes, Técnicos, Suboficiales, Alumnos y tropa; particularmente en lo relacionado a los derechos Institucionales, variando cuantitativamente de acuerdo a la situación y grado del titular.
  1. El personal de Oficiales asimilados, así como los Técnicos y Suboficiales de reserva que sirven en le activo, mientras duren sus contratos, tendrán los derechos que específicamente se estipulan en los correspondientes dispositivos legales de reclutamiento, debiéndose incluir los derechos que de acuerdo a su grado y tiempo de servicios reconocidos le corresponde en  similitud a los que tienen el personal de Oficiales, Técnicos y Suboficiales efectivos.
  1. El personal civil que se encuentre en la condición de nombrado y/o contratado con cargo al presupuesto del ejercito, así como el personal cesante con derecho a pensión, podrán gozar de los derechos y beneficios pecuniarios que les otorguen las leyes correspondientes.
  1. Los empleados civiles que se invaliden o incapaciten física o mentalmente, por las causales de acto de servicio o como consecuencia del mismo, cualquiera que fueran los años de servicios prestados, gozaran de los derechos pecuniarios en igualdad de condiciones que los empleados civiles en el activo.
  1. Los familiares del personal del Ejercito, podrán acogerse  a los derechos que la ley establece, entendiéndose como una extensión de los derechos del Titular.
  1. El derecho de atención medico-dental que se otorga a las familiares del personal del Ejercito, inscritos en le registro de personal, puede ser extensivo a otros familiares no inscritos en dicho registro, mediante autorizaciones eventuales no renovables, siempre y cunado haya capacidad disponible y de acuerdo a la tarifa vigente.
  1. El titular perderá los derechos institucionales, algunos pecuniarios y otros; así como algunos beneficios conforme a las leyes y disposiciones vigentes, cuando pasa a la situación de disponibilidad o retiro, por las causales siguientes:
  1. Medida disciplinaria.
  2. Sentencia Judicial del Tribunal Militar o Civil.
  3. Insuficiencia Profesional
  1. Como consecuencia de la perdida de los derechos y beneficios del Titular, la extensión hacia sus familiares queda automáticamente suspendida, cualquiera que fuera la situación al momento que se presente la aplicación de dicha medida, excepto el derecho de atención Medico- Dental, que continuara otorgándose únicamente al titular o al familiar inscrito en los registros de Personal, en el caso de que se encuentre enfermo en el momento de producirse el cambio se situación militar especificado en el párrafo anterior y hasta lograr su recuperación, no debiendo de ninguna manera sobrepasar los Dos (02) años como máximo de tiempo de tratamiento.
  1. Cuando el Titular solicite su pase a la situación de retiro antes de los 20 años de servicios; los derechos para el y sus familiares inscritos en el registro de personal, se restringen al pago en forma escalonada de acuerdo a la mayor o menor cantidad de años de servicios prestados conforme se establezcan en tarifas especificas al respecto.
  1. Caducan los derechos y beneficios que tiene el cónyuge supérstite cuando se produzca alguna sentencia de divorcio o cuando contraiga nuevo matrimonio en el caso de haber quedado viudo o viuda.
  1. Todo el personal del Ejercito en actividad, disponibilidad o retiro, deben estar registrados en la base de datos del Cuartel General del Ejercito-Dadpe-Digepere; dicha base de datos deberá ser permanentemente actualizada.